PLAN DE MANEJO

PLAN DE MANEJO

Se aprobó el Plan de Manejo de Delta, su código de zonificación y la normativa para las construcciones



En Abril de 2010 firmamos un convenio con la Facultad Regional de Gral. Pacheco para desarrollar un Proceso Participativo en la primera etapa del Plan de Manejo del Delta. Este blog fue uno de los canales de participación  que abrimos para que los habitantes de las islas pudieran participar de las normas que regularían su territorio. 


En Marzo de 2013 el HCD de Tigre sanciono las primeras tres ordenanzas para el delta de Tigre que comprenden el Plan de Manejo del Delta, el código de zonificación y las normativas para las construcciones.  Las tres ordenanzas sancionadas se convierten en herramientas fundamentales de gestión, siendo sus pilares la preservación ambiental y el desarrollo sustentable e inclusivo.


A partir de estos hechos damos por finalizada esta etapa del Plan de Manejo del Delta.


Para más información visite la página de la Fundación Metropolitana

Tigre inició la segunda etapa del Plan de Manejo del Delta

El viernes 6 de julio tuvo lugar una jornada que marcó el inicio de esta segunda instancia. Durante el encuentro –que contó con la participación de secretarios, directores y funcionarios municipales – se expusieron los progresos alcanzados durante la primera etapa del plan y los lineamientos a seguir en esta segunda etapa. Esta jornada fue coordinada por la Fundación Metropolitana, quien asiste al Honorable Concejo Deliberante de Tigre en el desarrollo del Plan de Manejo. 

Pedro Del Piero, presidente de la Fundación Metropolitana junto a Norberto Iglesias, integrante del Consejo de Administración de la institución

Pedro Del Piero, presidente de la Fundación Metropolitana, detalló “esta es una etapa más del trabajo iniciado hace dos años junto al municipio de Tigre, que el año pasado dio como fruto la sanción de una ordenanza cautelar sobre la Primera Sección de Islas, y que ahora está desarrollando las normativas definitivas. Se dirige a lograr un equilibrio entre la preservación ambiental y el desarrollo, que es posible aunque a veces parezca imposible. Estas acciones van a permitir que el Delta sea disfrutado por todos, con el turismo como eje de desarrollo futuro. Hay más de 140 años de ocupación, de convivencia del hombre con la isla, que atesora un patrimonio cultural a preservar”.

El Plan de Manejo del Delta comenzó a desarrollarse en 2010,  promueve el desarrollo sustentable de todas las actividades humanas en las islas  y plantea como ejes estratégicos preservar el humedal y el recurso agua; adecuarse a las condiciones ambientales del lugar; regularizar la situación dominial; favorecer el arraigo y la inclusión de la población actual, como su integración; estudiar la tipología de ocupación más adecuada al territorio; mejorar las condiciones de circulación y accesibilidad; mejorar las condiciones de habitabilidad y salubridad; propiciar la protección del patrimonio natural y cultural de las islas; establecer pautas de localización y modalidades constructivas; tender a la sustentabilidad económica del área; mejorar las actividades culturales y el esparcimiento para la población de las islas; coordinación de acciones entre juridicciones; mejoramiento perceptal y promoción de mecanismos de participación.

En relación a los resultados de esta segunda etapa, el presidente del Concejo Deliberante de Tigre, Julio Zamora, expresó que “esta segunda etapa culminará con un Código de Zonificación y de uso de suelo. Junto a la Fundación Metropolitana estamos planteando a los funcionarios del Ejecutivo municipal los pasos a seguir en el Concejo Deliberante. Es muy importante el vínculo con cada área para avanzar en la normativa, estamos poniendo en conocimiento de todos e intercambiando opiniones sobre la visión del Plan de Manejo entregado el año pasado. Buscamos que la normativa respete el cuidado del ambiente y la realidad de los vecinos que viven, producen y trabajan en la isla”

Por su parte, Carlos Vittor, secretario de Control Urbano y Ambiental del municipio, destacó la continuidad de un trabajo que toma en cuenta todos los aspectos  vinculados con el desarrollo del Delta, y agregó “estas cuestiones se están debatiendo hace largo tiempo y hoy están ingresando en su etapa final. Desde el punto de vista de nuestra Secretaría, tiene varios aspectos significativos relacionados con el dictado de normas de construcciones, ambientales, y de desarrollo comercial y productivo sustentable; es un marco que nos ayuda a desarrollar nuestra labor. Se tiene en cuenta la singularidad del Delta y su valor en términos ambientales, patrimoniales y culturales. En el esquema planteado por el intendente Massa, es muy importante el Delta para Tigre, por la importancia del turismo como industria y motor de desarrollo del partido; tiene todo el potencial y las condiciones para posibilitar este desarrollo, y a partir de ello hay que cuidarlo, preservarlo, sostenerlo, para que no pierda sus características únicas en el mundo”

En la misma línea, el secretario de Gobierno Eduardo Cergnul, sostuvo “en esta jornada de trabajo con la Fundación Metropolitana acerca del Plan de Manejo sancionado como ordenanza, y que ahora depende de una ordenanza definitiva de edificación y de desarrollo sustentable para la isla, toman parte secretarios y funcionarios municipales. El objetivo que se fijó el municipio, a través de instrucciones del intendente Sergio Massa, es equilibrar la actividad humana y el desarrollo económico en la isla, para que sea armónico y sustentable con el medio ambiente. Para eso hace falta hacer un diagnóstico -que ya se realizó- y el Concejo Deliberante debe dictar las normas constructivas específicas”.


Más información: Anna Del Piero 156 567 2312  adp@metropolitana.org.ar










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ESTADO DE SITUACIÓN ACTUAL DE LA CAUSA CONTRA COLONY PARK

Vecinos/as y organizaciones medioambientales defienden la vida isleña y el equilibrio ambiental del Delta del Paraná del emprendimiento Colony Park, proyecto inmobiliario que pretende levantar un country náutico en una isla. Por Prensa UAC

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina- integrada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Maqueda y Eugenio Zaffaroni- en el año 2007, aclararó el concepto de delito de “lesa humanidad” a través de la adhesión al dictamen del Procurador General de la Nación, Esteban Righi: consiste en uno de los actos descriptos en el Estatuto de Roma, según el cual debe ser desarrollado por el propio Estado, a través de una política que atenta sistemáticamente contra los derechos fundamentales de una sociedad civil o un grupo determinado de esta. De acuerdo a la ley 18.416, corresponde a la Prefectura Naval Argentina, como policía de seguridad de la navegación: 1. Intervenir en todo lo relativo a la navegación haciendo cumplir las leyes que la rigen. 2. Dictar las ordenanzas ... Por lo tanto debería haber verificardo la PNA si poseían las autorizaciones para dragar canales internacionales como el Luján y Vinculación, pero omitió hacerlo; además la PNA no dió la novedad cuando cambiaron de curso los ríos y canales en la zona y taponaron al arroyo Ánguilas y La Paloma. Llamativamente la Sra. Fiscal Federal RITA ESTER MOLINA, dice: "De ello podemos concluir que antes de que la Sra. Juez decida decretar la Clausura de dicho emprendimiento la Prefectura Naval Argentina a pesar de encontrase presente en la zona, no tenia facultad alguna para impedir el avance de la obra, circunstancia por lo cual con los elementos incorporados hasta el momento no puedo endilgarles conducta ilícita alguna al respecto, por lo que solicito su desestimación en los términos de los arts. 180, y 195 del CPPN". De acuerdo a las manifestaciones de la Sra. Fiscal: "...se ha establecido que se han dañado bienes de uso público, haciendo clara alusión a los ríos, canales y arroyos de la región, y que por otra parte fueron destruidos los refugios de los pobladores y le han sustraído sus enseres personales; todo ello como consecuencia del proyecto urbanístico por el cual se desmalezó la zona y se arrasó con todo obstáculo que impedía su construcción; dragando el fondo de los ríos y canales; montando el terraplén con el producto del dragado y afectando a aquellos isleños, que conforme las constancias del expediente, tenían sus construcciones y pertenencias en ese terreno, sufriendo los daños y las sustracciones de sus bienes de manera sistemática según surge del testimonio de las personas afectadas", es evidente que estarían reunidos todos los requisitos del crimen de Lesa Humanidad. Pero incongruentemente, la Sra. Fiscal Federal Rita Ester Molina, no lo reconoce, lo omite, como prescripto en nuestro código de fondo o leyes complemetarias, negando justicia, coronando esa presunta agresión contra la población civil , además del encubrimiento, falta a los deberes y abuso de autoridad de los integrantes del MPF, lo que amerita el desarchivo de la causa N° 8958/11
En defensa de los Humedales del Delta del Paraná y la Población Civil

El día 19 de abril, los querellantes, parte de la población isleña ancestral del Delta del Paraná, solicitaron a la Sra. Juez Sandra Arroyo Salgado que desarchive la causa Nº 8958/11, caratulada: "MOLINA RITA ESTER Y OTROS s/INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES, ABUSO Y ENCUBRIMIENTO", para la continuación de las investigaciones tendientes a determinar la verdad en relación a la presunta comisión de los delitos cometidos por los integrantes del Ministerio Público Fiscal (MPF), a cargo de la Sra. Fiscal Federal Rita Ester Molina. Durante la última audiencia oral y pública del año 2011 la Sra. Fiscal, en la cual fuera recusada, expresó que invitaba a los querellantes a reunirse e impulsar la causa, palabras que también fueron expresadas ante la presencia de la Sra. Jueza, vecinos de Tigre y de representantes de organizaciones socio-ambientales: S.O.S Delta , Asociación Ambientalista Los Talares, Asociación Ambientalista del Partido de Escobar ,etc. En base a las palabras de la Sra. Rita Ester Molina y previo a la presentación escrita de fecha 19 de abril, varias veces los humildes isleños y querellantes se presentaron ante la Fiscalía Federal N° 1 solicitando verbalmente una urgente audiencia para ampliar denuncia a los fines de que el Ministerio Público Fiscal (MPF) investigue pues les robaron el grupo electrógeno del taller de trabajo y porque la agresión que sufren desde el año 2008 persiste. Sin embargo, nunca fueron oídos; es más, los Secretarios Dr. Garzo y Dr. Spada advertían a los querellantes que tengan cuidado con las denuncias que estaban haciendo en contra del MPF, con el ánimo de amedrentarlos. También de manera escrita solicitaron a la Sra. Fiscal la Audiencia oral y pública el día 30 de marzo del 2012, sin embargo hasta la fecha todavía no ha sido concedida.
El MPF es por mandato constitucional (art. 120 CN) el garante de la legalidad o custodio de la ley, eso significa que además de investigar para concretar la acusación, tiene un deber de velar por conseguir toda la prueba, pero conforme obra en los distintos requerimientos y en especial el de fecha 10 de abril del 2012 a fs. 2627/30 consta que redujo ilegalmente la cantidad de delitos denunciados en la plataforma fáctica, desconociendo los hechos y confiscando las pruebas acreditadas por la querella.
La destrucción de los refugios y viviendas de las familias de isleños ancestrales en varias ocasiones desde el año 2008, como de las plantaciones de álamos y sauces realizadas por los lugareños para obtener madera y del ecosistema a través de las cuales obtenían su sustento son considerados actos inhumanos, y cuando ellos son realizados por comisión u omisión por organisnos del propio Estado, entre ellos la Prefectura Naval Argentina, de una manera continua, sistemática y generalizada contra la sociedad civil o un grupo determinado de ella se reunirían todos los requisitos del crimen tipificado como de Lesa Humanidad o Majestatis, según lo establece el Convenio de Ginebra de 1937, de acuerdo con el Tratado de Roma-Corte Penal Internacional y con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Crimen que por ser llevado a cabo por aquellos que tienen por finalidad defender o garantizar la convivencia pacífica en una sociedad, y no vulnerando sus derechos, se transforma en imprescriptible, es decir, que la responzabilidad por el delito cometido perdura con el transcurso del tiempo.

La justicia suspendió las construcciones en las Islas

Tras un pedido de la Fundación Pro Tigre, una medida cautelar frenó los permisos y autorizaciones para construir barrios privados en el Delta. Habrá una audiencia pública con Provincia y la Comuna para garantizar la preservación de los humedales.


No hace falta navegar demasiado por los ríos del Delta para advertir la gran cantidad de embarcaciones, barcos y canoas que circulan. La congestión en las aguas no es un fenómeno aislado sino que se conjuga con el crecimiento turístico e inmobiliario producido en los últimos tiempos. La fisonomía del Delta ya no es la misma y son sus espacios naturales los que se busca proteger. En este sentido y en respuesta a una medida cautelar solicitada por la Fundación Pro Tigre, la Justicia de San Isidro ordenó a la Municipalidad de Tigre suspender y no renovar autorizaciones para la construcción, ampliación y modificación de barrios privados y clubes náuticos en el Delta del distrito.
"En mayo de 2011, iniciamos una demanda contra la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Tigre por la autorización arbitraria e ilegal de permisos de construcción y por la falta de controles a los proyectos inmobiliarios situados en la Primera Sección de islas del Delta", contó a tigre.clarin.com Guillermo Rojas, apoderado de la Fundación. Y agregó: "Nuestro pedido es que se realice un plan de ordenamiento ambiental territorial que contemple la dinámica natural de la región. Hasta tanto esa cuestión de fondo se resuelva presentamos una medida cautelar que ordenaba el cese inmediato y provisorio de todo tipo de construcción que degradara el ambiente de la zona".
Además de dar lugar a la solicitud de la Fundación, el juez en lo contencioso administrativo José Abelardo Servin le ordenó al Municipio que presente un informe detallado sobre las obras ya existentes e indique si se encuentran autorizadas o en vías de obtener su permiso.
El documento que el magistrado exige a la Comuna también deberá detallar si los barrios Isla del Este, Delta Eco Spa e Isla San Mónica han cumplido con las pautas de sus habilitaciones y corroborar si los barrios privados y clubes náuticos de la Primera Sección del Delta poseen el seguro ambiental previsto por el artículo 22 de la ley 25.675.
Por último, el juez Servin convocó a una audiencia pública entre las partes involucradas (la Fundación, el Municipio y la Provincia de Buenos Aires) para que éstas intercambien ideas para llegar a la solución de la cuestión y acuerden pautas para el desarrollo de la medida cautelar. En las reuniones también participarán técnicos del Organismo del Agua de la Provincia de Buenos Aires y de la Universidad Tecnológica Nacional.
Fuente: Diario Clarín Zonal - 22/04/2012

LA PROVINCIA DENEGÓ LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE COLONY PARK

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS), mediante la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, denegó la Declaración de Impacto Ambiental solicitada por la firma Colony Park S.A. en el marco de la Ley del Medio Ambiente N° 11.723 para el proyecto urbanístico que propone desarrollar en la Primera Sección de Islas del Partido de Tigre.

La decisión fue tomada sobre la base de los informes técnicos elaborados por la Dirección Provincial de Recursos Naturales, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental y la Dirección de Ordenamiento Ambiental Territorial del OPDS, como así también de las observaciones que surgieron de la Audiencia Pública Ambiental que el OPDS llevó a cabo el día 1° de Julio de 2011, en la cual distintos representantes de organizaciones no gubernamentales, universidades nacionales, vecinos y representantes municipales se manifestaron en contra del proyecto.

Asimismo, se intimó a la firma a presentar un plan de acciones a ejecutar tendientes a la recomposición del ambiente y los recursos naturales del predio afectado al emprendimiento, el cual se encuentra actualmente clausurado por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro. Dicho cronograma de tareas deberá ser aprobado por el Organismo Provincial previo a su ejecución.

PROYECTO DE LEY PARA PROTEGER EL DELTA

Actualmente, el OPDS se encuentra trabajando en la elaboración de un proyecto de Ley sobre “Conservación, Aprovechamiento Sostenible y Ordenamiento Ambiental del Territorio del Delta Bonaerense”, el cual fue remitido a los municipios que forman parte de esta región de la Provincia para su consideración.

Al respecto, José Molina, Director Ejecutivo del OPDS manifestó que “ el Delta Bonaerense es un área de particular interés ecológico por lo cual se requiere proteger su integridad funcional y definir una base mínima de criterios de ordenamiento y gestión territorial que permitan asegurar su uso y desarrollo sustentable y por lo tanto de las sociedades que lo habitan. Para ello, es importante generar un ámbito participativo de discusión que facilite la construcción de las distintas perspectivas y realidades de cada jurisdicción para poder consensuar una visión integradora tendiente a fortalecer el proyecto”.

A través de la página web www.opds.gba.gov..ar, los municipios involucrados pueden ingresar al foro a través de un usuario y contraseña para trabajar en este importante Proyecto de Ley en forma conjunta con todos los actores involucrados.

http://www.opds.gba.gov.ar/index.php/articulos/ver/571